MOTO NÁUTICA
ATRIBUCIÓN
- Patrón de moto náutica «A»: Habilita para manejar motos náuticas con potencias superiores a 110 C.V.
- Patrón de moto náutica «B»: Habilita para manejar motos náuticas con potencias superiores a 55 C.V. e inferiores a 110 C.V.
- Patrón de moto náutica «C»: Habilita para manejar motos náuticas con potencias inferiores a 55 C.V.
REQUISITOS
- Ser mayor de 18 años o 16 años con consentimiento paterno o del tutor.
- Superación del examen teórico, convocado por la Junta de Andalucía con transferencias o por la DGMM.
- Superar las pruebas prácticas.
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